Es el acuerdo mediante el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica (empleador), bajo la continuada dependencia o subordinación de ésta y mediante el pago de una remuneración (salario).
Persona natural
Persona Natural es una persona humana que ejerce derechos y cumple obligaciones a título personal. Alconstituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa.
Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.
por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados.
Persona jurídica
Persona Jurídica es una empresa que ejerce derechos y cumple obligaciones a nombre de ésta. Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa y no el dueño quien asume todas las obligaciones de ésta.
Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre tanto capital como patrimonio.
por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, ésta se pagará solo con los bienes que pueda tener la empresa a su nombre, sin poder obligar al dueño o a los dueños a tener que hacerse responsable por ella con sus bienes personales.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
Para que halla contrato de trabajo se requieren que concurran estos tres elementos esenciales.
A) La actividad personal del trabajador, es decir, el que realiza por si mismo.
B) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respeto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de ordenes.
C) Un salario de retribución del servicio.
NOTA: una vez reunidos estos tres elementos de que trata el CST, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé, ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen.
MODALIDADES DEL CONTRATO
Los contratos de trabajo puedes ser de varias clases según su forma y el termino de duración.
1) CONTRATO VERBAL DEL TRABAJO: Como su nombre lo indica, es el que se celebra de palabra y tiene lugar cuando el empleador y el trabajador se han puesto de acuerdo sobre la índole del trabajo, el lugar donde se ha de prestar el servicio, la remuneración y la duración del mismo.
2) CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO: Es el que consta de un documento firmado por las partes, en el cual están incluidas todas las condiciones del mismo.
3) CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD: El contrato de trabajo realidad es aquel que surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que se haya en un momento, o de lo que la voluntad del empleador haya supuesto.
Según el término de duración los contratos pueden ser :
A) A término fijo
C) A término indefinido
D) De obra o labor
E) Ocasional o transitorio
Derechos y obligaciones del empleador
El empleador tiene derecho a:
- Emplear al trabajador.
- Dirigir el trabajo y dar las instrucciones y directivas correspondientes.
- Rescindir el contrato dentro de las limitaciones establecidas por la ley.
El empleador tiene la obligación de:
- Cumplir la legislación vigente y los acuerdos en vigor.
- Tratar al trabajador de forma igualitaria, con independencia del origen, las creencias, el género, la edad o la adscripción política de éste.
- Velar por la seguridad y la salud laboral del trabajador.
- Facilitarle al trabajador información escrita sobre los condicionantes fundamentales del trabajo.
- Favorecer una buena atmósfera de trabajo y el logro de los cometidos del trabajador, así como su desarrollo profesional.
Convenio colectivo
Derechos y obligaciones del empleador
El empleador tiene derecho a:
- Emplear al trabajador.
- Dirigir el trabajo y dar las instrucciones y directivas correspondientes.
- Rescindir el contrato dentro de las limitaciones establecidas por la ley.
El empleador tiene la obligación de:
- Cumplir la legislación vigente y los acuerdos en vigor.
- Tratar al trabajador de forma igualitaria, con independencia del origen, las creencias, el género, la edad o la adscripción política de éste.
- Velar por la seguridad y la salud laboral del trabajador.
- Facilitarle al trabajador información escrita sobre los condicionantes fundamentales del trabajo.
- Favorecer una buena atmósfera de trabajo y el logro de los cometidos del trabajador, así como su desarrollo profesional.
Convenio colectivo
El empleador deberá cumplir lo dispuesto en el convenio colectivo. No podrá, por ejemplo, pagar un salario menor a lo estipulado en aquel.
Periodo de prueba
Periodo de prueba
ARTICULO 76. DEFINICION. Período de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo.
ARTICULO 77. ESTIPULACION. 1. El período de prueba debe ser estipulado por escrito, y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo.

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