domingo, 28 de mayo de 2017

Actividad 4

                          CARTILLA

EL DERECHO LABORAL COLOMBIANO  

A este derecho lo rige algo llamado código sustantivo de trabajo ya que el trabajador al tener encuenta lo que dice el código sustantivo de trabajo, y que ante la ley  todos los trabajadores son iguales.

Estos son los artículos que están dentro del código sustantivo de trabajo.

Tomado de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33104

ARTICULO 1o. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.


ARTICULO 3o. RELACIONES QUE REGULA. El presente Código regula las relaciones de derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo, oficiales y particulares.

Existen unos principios generales que tiene que tener encuenta el empleador y el trabajador : 

  • La primacía de la realidad
  • Igual
  • Protección del trabajador
  • Estabilidad
  • Minino vital
  • Favorables 
  • Indubio pro operario 

Entre otros mas.

  TODO LO QUE DEBE SABER UN EMPLEADOR

Contrato de trabajo: es aquel por el cual una persona natural está obligada a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica esto lo hace bajo una continua dependencia y subordinacion.


Hay que tener encuenta que: 
Para que exista un buen contrato de trabajo hay q tener encuenta que se cumplan unos elementos esenciales ya que hací el trabajador se sentirá más seguro de prestar su servicio como empleado de una organización.

  • Continua subordinación o dependencia.
  • Las actividades que el trabajador realiza por si mismo.
  • Recibir un salario como retribución por lo que realice.                

      EXISTEN VARIOS TIPOS DE CONTRATO

A termino fijo: su duración no puedo ser mayor a tres años ya que existe una modalidad que solo puede prorrogarse 3 veces.

A termino indefinido: cuando un contrato en verbal ya se sabe que es indefinido.

PRESENTACIONES SOCIALES

Son los dineros adicionales que el empleador le debe reconocer al trabajador vinculado mediante el contrato de trabajo  y también por sus servicios prestados en la organización.